Exportación Temporaria

Permite la salida de mercadoría nacional o nacionalizada del País, con suspensión de impuesto de exportación, condicionada para la re-importación en plazo determinado, en el mismo estado en que fue exportada. 

El régimen facilita la salida de los bienes que van al exterior para exposiciones, ferias, competiciones, pruebas, promociones, reparos, concertaciones, restauraciones, o en auxilio o apoyo a la persona que viaja al exterior que este necesitando de ellos para el ejercicio de sus actividades profesionales o de láser, beneficiando al exportador / importador por la no ocurrencia del facto generador del impuesto de importación y del impuesto sobre productos industrializados, cuando del reingreso de las mercadorías en el País.

La exportación temporaria debe operarse con el objetivo definido y por plazo determinado, asegurada la suspensión del impuesto de exportación, cuando debido, mediante una firma de Termo de Responsabilidad, dispensados depósito, precaución o fianza.

El régimen se aplica a bienes destinados a:
  • ferias, exposiciones, congresos o otros eventos científicos o técnicos;
  • espectáculos, exposiciones y otros eventos artísticos o culturales;
  • competiciones o exhibiciones deportivas;
  • ferias o exposiciones comerciales o industriales;
  • promoción comercial, inclusive muestras sin destinación comercial y muestrarios de representantes comerciales;
  • ejecución de contrato de arrendamiento operacional, de alquiler, de préstamo o de prestación de servicios, en el exterior;
  • prestación de asistencia técnica a productos exportados, en virtud de termos de garantía;
  • actividades de interés de la agro-ganadería, inclusive animales para ferias o exposiciones, pastoreo, trabajo, cobertura o cuidado de la medicina veterinaria; y
  • empleo militar y apoyo logístico para las tropas brasileñas designadas para integrar fuerza de paz en territorio extranjero.
Legislación Básica:
- Decreto nº 4.543, de 26/12/02, arts. 385 a 401
- Decreto nº 4.765, de 24/06/03
- Portaría MF nº 675, de 22/12/94
- Portaría SRF nº 155, de 09/02/00
- Instrucción Normativa SRF nº 62, de 04/07/97
- Instrucción Normativa SRF nº 40, de 09/04/99
- Instrucción Normativa SRF nº 115, de 31/12/01
- Instrucción Normativa SRF nº 319, de 04/04/03
- Instrucción Normativa SRF nº 443, de 12/08/04